Legalizacion

LEGALIZACIÓN DE EQUIPOS A PRESIÓN

PROYECTO DE LEGALIZACIÓN


  Todos los equipos a presión deben clasificarse de acuerdo a la directiva 97/23/CE .

Dado que trabajan con gas no peligroso se encuentran en el grupo 2.

Dentro de este grupo deben clasificarse en  una categoria de I a IV. 

Para ello debe multiplicarse la Ps (presión máxima en bar) x el volumen V en litros del equipo . Por lo que:


- Equipos de Ps x V menor de 50 no se registran ni se controlan.

- Categoria I equipos de Ps x  V mayor de 50 y menor de 200.

- Categoria II equipos de Ps x V mayor de 200 y menor de 1000.

- Categoria III equipos de Ps x V mayor de 1000 y menor de 3000.

- Categoria IV equipos de Ps x V mayor de 3000.


Todos los equipos de las Categorias I a IV deben  someterse a inspecciones y pruebas periódicas para garantizar el mantenimiento de las condiciones técnicas y seguridad.


TIPOS DE INSPECCIONES A REALIZAR


Nivel A: Inspección en servicio. Consiste en:

- Inspección de la documentación de los equipos.

- Inspección visual de todas las partes sometidas a presión.

- Comprobación de accesorios de seguridad.


Nivel B: Inspección fuera de servicio. Consiste en:

- Inspección de nivel A.

- Comprobación de espesores.

- Prueba de los accesorios de seguridad.


Nivel C: Inspección fuera de servicio. Consiste en:

- Inspección de nivel B.

- Prueba hidrostática.


PERIODICIDAD DE LAS INSPECCIONES

La inspección indicada como O.C.A. debe realizarla un organismo de control autorizado.


COMO PROCEDER SI UN EQUIPO A PRESIÓN Y/O SU INSTALACIÓN NO ESTÁN LEGALIZADOS


En tal caso se debe confeccionar un proyecto  , un dossier de certificados de los equipos a presión y el certificado de la instalación.


Pueden ponerse en contacto con nosotros para que le asesoremos para la legalización de equipos e instalaciones a presión.